INCAPACIDAD


La incapacidad laboral tiene dos vertientes bien diferenciadas pero muy relacionadas, la Incapacidad Temporal y la Incapacidad Permanente. La primera se refiere al puesto de trabajo concreto, y la segunda se refiere al conjunto de la profesión. La diferencia es importante por lo que un buen asesoramiento por un abogado especialista experto en Derecho de la Seguridad Social es necesario.


INCAPACIDAD TEMPORAL

Incapacidad Temporal

Incapacidad para trabajar en el puesto de trabajo.

Impugnación de altas médicas del Servicio Público de Salud, de la Mutua, o del INSS.
Determinación de Contingencia como Accidente de Trabajo, Enfermedad Profesional o Accidente No Laboral.